Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados oralmente en este acto, el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Perimida La Instancia en la demanda de Nulidad interpuesta por la ciudadana JENNIFER ZAMBRANO PINEDA, titular de la cédula de identidad No. V-16.564.600, debidamente asistida por la profesional del derecho MARIA ANSELMI inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº. 54.531, en contra de la Providencia Administrativa No. 011-17 de fecha 16 de enero de 2017, contenida en el expediente administrativo signado con el número: 079-2016-01-02978, que declaró Con Lugar la solicitud de Autorización de Despido incoado por los representantes legales de la JUNTA DE CONDIMINIO DEL EDIFICIO ODEÓN. SEGUNDO: En apego al principio de iguald.....