En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE y en consecuencia, SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil CONTENEDORES DE PLÁSTICOS CONSOLIDADO CPC, C.A., con Registro Único de Información Fiscal (RIF) J-00102399-2, contra la Resolución SNAT/INTI/GRTICERC/DJT/2016/2329 de fecha 21 de septiembre de 2016, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
Se CONFIRMA la Resolución impugnada. De conformidad con el artículo 307 del Código Orgánico Tributario, se fija un lapso de cinco (05) días de despacho para que la sociedad recurrente efectúe el cumplimiento voluntario, los cuales comenz.....