Esta Jueza Novena (9°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Procesal Transitorio de de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 27, 39, 63 y 465 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decreta MEDIDA INNOMINADA de AUTORIZACION PARA VIAJAR al niño SE OMITE LA IDENTIFICACION, de cinco (05) años de edad, a viajar en compañía de su madre, solo a la ciudad de MADRID- ESPAÑA, por vía aérea, con la línea aérea Santa Bárbara Airlines, destino Caracas-Madrid, Nº de Vuelo S3 1332, con fecha de SALIDA el día 26 de diciembre del año en curso, desde el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar y con fecha de RETORNO el día 26 de enero de 2012.
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