este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: FIRME EL DECRETO INTIMATORIO de fecha 18 de marzo de 2009, dictado como consecuencia de la demanda por EJECUCIÓN DE HIPOTECA MOBILIARIA incoada por la sociedad mercantil BFC, BANCO FONDO COMÚN, C.A, BANCO UNIVERSAL, en contra de la sociedad mercantil CORPORACION GARANI, C.A.
SEGUNDO: Se hace constar que la parte intimada pagó los particulares primero, segundo y tercero del decreto intimatorio de fecha 18 de marzo de 2009, que totalizan la cantidad de seiscientos ochenta y cuatro mil quinientos seis bolívares con catorce céntimos (Bs. 684.506,14).
TERCERO: Se hace constar que la parte intimada no ha dado cumplimiento a los particulares cuarto y quinto del decreto intimatorio de fecha 18 de marzo de 2009, que textualmente dicen lo siguiente: .....