Por los motivos expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación Alimentaria formulada por la ciudadana LAYIBER YAMILETH BENAVENTA BENAVENTA, actuando en nombre de la adolescente ZARAHI YAMILETH DAVIDSON BENAVENTA, contra el ciudadano MALFREDYS ENRIQUE DAVIDSON LACRUZ, y se fija la suma de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 100.000,oo) MENSUALES, CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,oo) en los mes de septiembre y CIENTO SETENTA MIL BOLIVARES (Bs. 170.000,oo) en los meses de Diciembre de cada año, para cancelar parte de los gastos por concepto de uniformes, útiles escolares, vestuario y calzado, la cantidad de dinero deberá ser depositada por el ciudadano Malfredys Enrique Davidson Lacruz en una cuenta de ahorros aperturada por la ciudadana Layiber Yamileth Benaven.....