siendo las nueve y quince minutos de la mañana, se constituyo en compañía de los apoderados judiciales de la parte actora, abogados Carlos Federico y Héctor Rojas Trias, Inpreabogado Nros. 53.107 y 106.903, respectivamente, el perito avaluador quien fuera debidamente designado y juramentado por el Juez de este Tribunal en la siguiente dirección: Local destinado a bar discoteca, distinguido con la letra E, ubicado en la Planta Baja del Edificio Residencias Mina, ubicado en la Calle Chacaito, Esquina con la Avenida Casanova, Urbanización Bello Monte, Municipio Libertador, Distrito Capital, a fin de practicar la medida de SECUESTRO.- Una vez a las puertas del inmueble el Tribunal procede a dar los tres toques de Ley, sin ser atendido el llamado judicial por persona alguna.-En este estado los apoderados judiciales de la parte actora solicita al tribunal se sirva designar cerrajero judicial a fin de dar apertura de la puerta principal del inmueble objeto de lña presente medida, acordando de.....