Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 9 de noviembre de 2009, por el abogado EMILIO AREVALO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 03 de noviembre de 2009, oída en ambos efectos en fecha 12 de noviembre de 2009, en el juicio que por cobro de prestaciones sociales, sigue el ciudadano JORGE RAFAEL MAGO MAREGOTE contra PDVSA PETRÓLEO, S.A. filial de PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S. A. SEGUNDO: CON LUGAR la defensa de prescripción opuesta por la parte demandada. TERCERO: SIN LUGAR la demanda.....