dando cumplimiento a la misión encomendada practica la ENTREGA MATERIAL REAL Y EFECTIVA del inmueble constituido por un fondo de comercio propiedad de la parte actora, situado en el Centro Simón Bolívar, Torre Norte, Pasaje Río Apure, Local Nº 204 Municipio Libertador, Distrito Capital, y vista y oída la exposición realizada por el apoderado judicial de la parte actora, la solicitud contenida en la misma, se ABSTIENE de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el comitente