Este Tribunal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta MEDIDA DE PROTECCIÓN MODALIDAD DE COLOCACIÓN PROVISIONAL EN ENTIDAD DE ATENCIÓN, a favor del niño XXXX, a ejecutarse en "Fundana Las Villas de "Los Chiquiticos", ubicada en Avenida de Janeiro, a 50mts de los depósitos de Aerocac. Via El Lanito, Teléfonos 257.56.70/ 257.51.52, de conformidad con lo establecido en los artículos 126 literal (I) y 396 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Ofíciese a la mencionada Unidad de Protección, comunicándole lo conducente. Visto el Informe Inicial proveniente del referido Centro de Atención, y por cuanto se desconoce del paradero de los progenitores del niño de auto, este Tribunal ordena notificar a la abuela materna ciudadana FRANCISCA YANEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titulare de la cédula de identidad Nro. V-6.501.431, para que dentro de diez (10) días de despacho siguient.....