Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 07 de diciembre de 2012 por el abogado GUILLERMO HERNÁNDEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte presuntamente agraviada, contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 05 de diciembre de 2011. SEGUNDO: IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ANGEL ENRIQUE GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, en contra de la sociedad mercantil NSC CARGO & LOGISTIC, C.A. TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia apelada. CUARTO: Se exonera de costas a la parte accionante en amparo de .....