Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda incoada por el ciudadano DAVID R. OCHOA O., por concepto de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales contra sociedad mercantil CLINICA SANATRIX C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza de la decisión dictada.