¿ Parcialmente Con Lugar la querella interpuesta por el ciudadano ANTONIO TREJO CALDERON, abogado en ejercicio, actuando en su propio nombre y representación, por ajuste de jubilación en contra del CONSEJO LEGISLATIVO DEL GOBIERNO BOLIVARIANO DEL ESTADO MIRANDA.
¿ Se Ordena al CONSEJO LEGISLATIVO DEL GOBIERNO BOLIVARIANO DEL ESTADO MIRANDA, ajustar el monto de la pensión de jubilación que percibe actualmente el querellante en base al incremento de sueldo establecido para su personal activo; así como el pago retroactivo de dichos incrementos, desde el treinta y uno (31) de julio de 2007.
¿ A los fines de determinar el monto de las sumas que en definitiva le adeude el organismo querellado al actor por los conceptos supra enumerados, se ordena practicar por un solo experto designado por el Tribunal, experticia complementaria del presente fallo.