PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 12 de diciembre de 2007, por la abogado MARISELA BRITO TABORDA, en sus carácter de Síndico Procurador Municipal del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 06 de Agosto de 2007, oídas en ambos efectos el 17 de diciembre de 2007. SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 10 de agosto de 2007, por las abogados ANNA MARIA VENDITTELLI y GLADYS LEON, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte actora. TERCERO: SIN LUGAR la falta de cualidad opuesta por el Municipio El Hatillo. CUARTO: CON LUGAR la prescripción de la acción con respecto a la enfermedad profesional y SIN LUGAR la prescripción con respecto a las prestaciones sociales. QUINTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda seguida por el ciudadano JOSE ELIAS ESCALANTE RIVAS .....