este Tribunal Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en vista del DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO manifestado por la parte actora y por cuanto el mismo no vulnera sus derechos como trabajador ni normas de orden público, y verificadas como han sido las facultades de la representación legal de la parte demandada para aceptar el desistimiento del procedimiento en este juicio, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO, dándole efectos de Cosa Juzgada, conforme al artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En éste mismo acto se hace devolución de los escritos de pruebas y anexos a las partes. Asimismo, éste Juzgado deja expresa constancia que una vez se encuentre firme la presente decisión, se dará por terminado el presente proceso y se ordenará el archivo definitivo del expediente. Se acuerdan dos (02) copias de la presente acta p.....