Este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la demanda deDAÑOS Y PERJUICIOSincoada por la ciudadana MARÍA FERNANDA LEMUS PÉREZ, contra la ciudadana NEIBY RATTI MENDOZA, ambas plenamente identificadas al inicio de este fallo.
Dada la naturaleza del fallo no hay especial condenatoria en costas.