Este Tribunal, por tener la abogado GLADYS RODRIGUEZ, la cualidad de ENDOSATARIO AL COBRO EN PROCURACIÓN, observada por lo transcrito en los vueltos de las letras de cambio que cursan en los folios nueve (9), diez (10), once (11), doce (12) trece (13) y catorce (14) del presente expediente, acuerda según lo solicitado y en consecuencia HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES, incoó el ciudadano ALETSEY ARNEL VELASCO COLMENARES, contra el ciudadano GIUSEPPE FANELLI LAFRONZA identificado en autos.