Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Décimo Noveno (19º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: LA HOMOLOGACION DE LA TRANSACCION, solo respecto a los hechos litigiosos comprendidos en la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, en los términos señalados en la presente decisión, pasándola en autoridad de cosa juzgada, presentada por el ciudadano ADRIÁN JESÚS MARRUGO PALACIOS, parte actora, representado por el abogado JOSÉ GREGORIO FAJARDO, inscrito en el IPSA Nº 95.909 por una parte, por una parte, y por la otra parte, el abogado CARLOS FERNANDO FLORES LUGO, IPSA Nº 232.985, apoderado judicial de la entidad de trabajo PIU EXPRESS, C.A.,. Segundo: Se ordena expedir por copia .....