Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Organica Procesal del Trabajo , y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada . Se deja constancia de que la parte demandada consigna copia de los mencionados cheques constante de dos (2) folios.
El Juez
La Secretaria
Xiomara Gelvis
Abog. Eduardo Nuñez
APODERADA DE LA PARTE ACTORA
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA