Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 15 de diciembre de 2011 por el abogado EUFRACIO GUERRERO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 12 de diciembre de 2011 por el Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ÁLVARO ALEXANDER TAPIA CABRERA en contra de la sociedad mercantil POLLO EN BRASA Y PARRILLADA EL PALACIO DEL POLLO, C.A. por concepto de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales. TERCERO: SE MODIFICA la sentencia apelada. CUA.....