administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN suscrito por MIGUEL ZAPATA TORRES, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 126.314, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante diligencia de fecha catorce 17 de mayo de 2010, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se da por consumado tal acto y la presente sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada,, se declara terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-
SEGUNDO: asimismo, se ordena el levantamiento de las medidas decretadas con ocasión a este recurso.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 282 del Código Adjetivo, se condena en costas a la parte demandante