DISPOSITIVA
Por las argumentaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, presentada por los ciudadanos NATHALY ANTONIETA DOMINGUEZ OBREGON y OMAR ENRIQUE HERNANDEZ SANGUINO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.160.353 y 10.543.709 respectivamente, y consecuencialmente DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos el día 28 de Marzo del año 2009, bajo el No. 15, folio 15, año 2009, por ante el Registro Civil del Municipio Chacao, Estado Miranda.
Dada la naturaleza del Fallo no hay condenatoria en Costas.-