PRIMERO: SIN LUGAR la recusación propuesta por el abogado GABRIELE DE FLAMMINEIS, contra el Juez Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, Dr. ALEXIS CABRERA ESPINOZA, con base a las causales contenidas en los ordinales 12º, 15º y 18º del artìculo 82 del Código de Procedimiento Civil, en la incidencia de la RECUSACION intentada por los abogados Gabriele de Flammineis y Francisco Marcano Andersen, contra el Juez Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas,
SEGUNDO: Conforme a lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, el recusante pagará al Fisco Nacional una multa de Dos Bolívares Fuertes (Bs. F. 2,00), dentro de los tres (3) días de despacho siguientes al recibo de las presentes actuaciones en el Tribunal en el cual se intentó la recusación, en donde se realizaran las gestiones para hacer efectivo dicho pago.
TERCERO: C.....