Luego de la lectura efectuada al escrito contentivo de la Inspección bajo estudio, se determina que lo pretendido por la solicitante es que la Juez haga extender por acta la verificación de hechos imposibles de constatar por tratarse de circunstancias ocurridas en el pasado, así como de hechos, tales como determinar los daños producidos a un inmueble, los cuales tienen la forma y medios de acreditarlos de otra manera, no siendo precisamente la vía de inspección judicial la procesal y jurídicamente idónea para ello, tal y como lo pretende la solicitante.
En razón de ello, resulta forzoso para este Juzgado, atendiendo a las razones previamente expuestas negar la evacuación de la inspección judicial solicitada, por los motivos que se han dejado expresados.