En consecuencia, se ordena emplazar a la ciudadana MILAGROS JOSEFINA GONZALEZ PEREZ venezolana, mayor de edad, domiciliada en Caracas, titular de la Cédula de Identidad Nº: 6.562.908, para el segundo (2°) día de despacho, siguiente a la presente fecha a las once antes meridiem (11:00 A.M), a los fines que absuelva las posiciones juradas promovidas en el presente juicio. Se ordena emplazar al ciudadano ALÍ OMAR PÉREZ ACEVEDO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Caracas, titular de la Cédula de Nº: V-4.082.019, para el segundo (2°) día de despacho, siguiente a la presente fecha a la una post meridiem (1:00 P.M), a los fines que absuelva las posiciones juradas promovidas en el presente juicio
Asimismo, se advierte a la parte promovente que el día de despacho siguiente a dicho acto a las once antes meridiem (11:00 A.M), tendrá lugar la oportunidad para que absuelva posiciones juradas. Así se decide.