DISPOSITIVO
Por las razones expuestas este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR: la defensa de Prescripción de la acción alegada por la parte codemandada sociedad mercantil ADECCO SERVICIOS DE PERSONAL, C.A. sociedad mercantil, inscrita por ante el registro Mercantil Segundo de la Circunscripcion Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 04 de abril de 1995, bajo el N° 06, Tomo 133-A, Sgdo, y MARUBENI VENEZUELA, C.A. sociedad mercantil, inscrita por ante el Registro mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 24 de agosto de 1967, bajo el N° 35, Tomo 45-A-, y luego modificada mediante documento protocolizado en fecha 10 de diciembre de 1993, bajo el N° 49, Tomo 54-A-Pro. y SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano LUIS A.....