En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en  concordancia  con  lo  dispuesto en  los  artículos  10 y 11  del 
Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, imparte correspondiente HOMOLOGACIÓN a dicha transacción cuyo monto fue de Bs. 63.405,83 en los términos en que fue expuesto, en consecuencia, se declara terminado el presente juicio y se ordena el cierre y archivo del expediente tanto físico como informático. Cúmplase lo ordenado.
El Juez
Abg. Franlin Porras Mendoza
			La Secretaria
Abg. Ibraisa Plasencia Rendón