Acto seguido el Tribunal visto el señalamiento de los Apoderados Actores, la exposición de los notificados y en cumplimiento de su misión declara PREVENTIVAMENTE EMBARGADO, el pagaré que tiene a su favor la Empresa demandada EDAC CONSULTING, C.A., identificado 3/3, el cual corresponde al Financiamiento del "Proyecto SIGADE N°00884, Adquisición de Municiones Calibre a la FAN", con fecha de vencimiento 16 de octubre de 2005; dicho pagaré se encuentra emitido por la cantidad de SETECIENTOS OCHENTA MIL OCHENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($780.080,00), los cuales a la tasa vigente a la presente fecha, por efecto del Convenio Cambiario N°14, la conversión en Bolívares de dicho pagaré sería a la tasa de Bs.2,60 por dólar, y que para el día de hoy equivaldría a la suma de DOS MILLONES VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS OCHO BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.2.028.208,00), dicho embargo se realiza hasta cubrir la suma de TRES MILLONES TREINTA MIL SESENTA Y SEIS BOLÍVARES CON SESENTA Y NUEVE.....