Se dicto sentencia interlocutoria mediante el cual Este tribunal deja constancia de que la presente decisión es dictada dentro del lapso legalmente previsto para hacerlo, por lo que no es necesaria su notificación a las partes, para que la causa continúe en el lapso probatorio.
De conformidad con el segundo aparte del artículo 112 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamiento de Vivienda, se declara abierto el lapso probatorio, por ocho (08) días de despacho para que las partes puedan promover pruebas sobre el mérito de la causa, de conformidad a los hechos alegados en el libelo y en la contestación, antes expuestos.
El lapso probatorio comenzará a computarse una vez que venza el lapso de tres (3) días de despacho en los que el tribunal debía fijar los hechos, por el principio de preclusión de los lapsos procesales y de los cuales hoy es el último día de los tres (3) indicados. Es decir, que al día de despacho siguiente al de hoy, comenzará a transcurrir el lapso pr.....