DECISION
Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Ärea Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre de los ciudadanos: JEAN JOSE PEREIRA BREMO y ORIANA BERMUDEZ FAGUNDEZ, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.716.662 y V-15.488.815, respectivamente y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos por ante el Registrador Civil del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, tal y como se evidencia del Acta de Matrimonio inserta bajo el Nº 108, año 2007, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios.-
Asimismo se acuerda notificar a las autoridades correspondientes a los fines de lo previsto en los artículos 475 y 506 del Código Civil-
Publíquese, regístrese y déj.....