Este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos GUSTAVO ADOLFO MARTINEZ ACOSTA y MALENA ZEINAB ABDUL-HADI MORENO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-11.312.645 y V-11.736.322 ambos respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos el día 21 de diciembre de 1996, ante el Registro Civil de la Parroquia El Cafetal, Municipio Baruta del Estado Miranda, consignando a tales efectos copia certificada del acta Nº 160, del año 1996.