PRIMERO: SE REVOCA la decisión dictada en fecha 09 de agosto de 2013, en la cual se declaró DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO que por recurso de abstención o carencia instauro la empresa PRODUCTOS EFE, C.A. contra la Inspectoría del Trabajo del Este del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE REPONE LA CAUSA al estado de que este Juzgado notifique a la Procuraduría General de la República, Fiscalía General de la República e Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas de la admisión del Recurso de Abstención o Carencia.