en consecuencia, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que en este mismo acto se hizo entrega de las pruebas a las partes. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 159 ° y 208 °.
La Juez
La Secretaria
Abg. Omaira Alejandra Uranga Bolívar
Abg. Nakary Pérez