Por recibida y vista la anterior demanda de Partición y los recaudos acompañados a la misma, incoada por los ciudadanos Jaime Cristian Rodríguez y Rene Faria Colotto, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 626.381 y 282.305, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 6.377 y 197, respectivamente, actuando el primero en su propio nombre y en representación conjunta con el segundo de los nombrados, de los ciudadanos Fanny Cristian Rodríguez y Nelson German Cristian Rodríguez, tal y como se evidencia de los poderes consignados anexos al libelo marcados "A", contra la ciudadana Nilsa Isabel Cristian Rodríguez, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número 3.986.957, el Tribunal LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 777 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con.....