DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 254 del Código de Procedimiento Civil Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR las cuestiones previas opuestas por la parte demandada contenida en los ordinales 6º, 7º y 11º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: SIN LUGAR la falta de cualidad alegada por la parte demandada. TERCERO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO siguen los ciudadanos BELARMINO MÁRQUEZ DÍAZ, ISAURINDA SIMOES MARQUES DE MARQUES y LUÍS ALFREDO MÁRQUEZ DÍAZ contra el ciudadano PEDRO RAFAEL CARABALLO GÓMEZ. TERCERO: Se condena a la parte demandada a entregar a la parte actora el inmueble constituido por un terreno y antiguamente una casa, edificada en la Par.....