DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, esta Sala Siete de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 29 de julio de 2015, por la abogada GIANNA PAOLA BRICEÑO CABEZAS, Defensora Pública Auxiliar Penal Cuadragésima Quinta (45º) del Área Metropolitana de Caracas, en su condición de defensora del imputado SANTOS BEJAMIN COLMENARES SALAS.
SEGUNDO: CONFIRMA, la decisión dictada el 22 de julio de 2015, por el Juzgado Cuadragésimo Segundo (42º) de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida privativa de libertad al imputado SANTOS BEJAMIN COLMENARES SALAS, por la presunta comisión del delito de ROBO IMPROPIO, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 455 del Código Pena.....