Este TRIBUNAL SUPERIOR CUARTO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado DANIEL JESUS FERNANDEZ ZAMBRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.807, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ERIC ADOLFO BROKATE IBARRA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.-18.528.527. SEGUNDO: En virtud de la anterior declaratoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 488-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes , ordena la NULIDAD de la sentencia dictada en fecha nueve (9) de julio de dos mil quince (2015), dictada por el Tribunal Cuarto (4°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejec.....