declaran las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos MARIA ROSA ALVAREZ PINTO y JORGE MANUEL CARRILLO CEDEÑO, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 10.489.958 y V- 9.418.359, así como también a las niñas XXXX, de tres (03) años de edad y seis (06) meses de nacida, como beneficiarios del de cujus DARWUIND MANUEL CARRILLO ALVAREZ, quien en vida fuere titular de la cedula de identidad N° V-19.966.537. Por ultimo, se acuerda el CIERRE Y ARCHIVO del presente asunto. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Y ASI SE DECIDE.