PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación presentado en fecha interpuesto en fecha 07 de febrero del 2022, por los abogados ENRIQUE A. MEJÍA BLANCO URIBE y PEDRO LUIS FERMIN, en su condición de apoderados judiciales de la parte actora CHOCOLACAO CORPORACIÓN DE ALIMENTOS C.A., en contra de la sentencia dictada en fecha 03 de febrero del 2022, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que NEGÓ la Medida de Embargo Preventivo solicitada por la parte demandante..
SEGUNDO: Se MODIFICA la sentencia dictada en fecha 03 de febrero del 2022, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en los términos aquí establecidos.
TERCERO: Se DECRETA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO DE LOS BIENES INTANGIBLES, conforme a los lineamientos explanados en el fallo.
CUARTO: Se NIEGA .....