Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, con lugar la acción de amparo constitucional incoada en fecha 28/10/2008, por el ciudadano NÉSTOR PEREYRA, Defensor Público 14, a favor del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Control Nº 9 de esta misma Sección y Circuito Judicial, de fecha 20/10/2008, toda vez que considera este Tribunal Constitucional que, constituye una violación a la tutela judicial efectiva, contemplada en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, no haber emitido pronunciamiento de fondo ante la solicitud planteada por la defensa en el presente caso. En relación al petitorio presentado por el accionante y atendiendo al principio dispositivo que ri.....