El Tribunal, vistas las anteriores exposiciones, provee de conformidad con lo solicitado y se abstiene de practicar en este acto el embargo, y en caso de que la parte ejecutante solicite se fije nueva oportunidad, se fijará la misma en auto por separado. Igualmente el Tribunal se abstiene de remitir el Despacho de exhorto hasta que sea cumplido o la parte demandante así lo solicite.-