Sentencia Interlocutoria mediante la cual Vista la diligencia de fecha 17/11/2014, presentada por el abogado JULIO CÉSAR LÓPEZ GALEA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 33.897, mediante la cual desiste del procedimiento. Al respecto, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, cumplidos como se encuentran los extremos legales, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los mismos términos en que fue suscrito, por consiguiente, se declara terminado dicho procedimiento y se ordena el archivo definitivo de este expediente. Así se decide.-