Por los motivos expuestos, este Tribunal de Ejecución Nº 1, del Primer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, otorga el Beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL, al penado PERAZA BARAZARTE JOSE GREGORIO, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 19-01-1977, identificado con Cédula N° 13.530.854, residenciado en Barrio Maturín carrera 11 Guanare Estado Portuguesa, quien deberá cumplir las condiciones anteriormente impuestas, todo esto de conformidad con lo previsto en el artículo 488 del Código Orgánico Procesal Penal, derogado aplicado de conformidad con el artículo 553 del Código Orgánico Procesal vigente. Regístrese, notifíquese, déjese copia, ofíciese lo conducente.
La Juez de Ejecución Nº 1
Abg. Carmen Zoraida Vargas López
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