Con fuerza en la motivación anterior esta SALA SÉPTIMA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ABG. LUCY FIGUEROA, Defensora Pública Penal Vigésima (20) de este Circuito Judicial Penal, en su carácter de Defensora del ciudadano CARAVALLO REVETTE EXNARKIN OMAR.
SEGUNDO: se REVOCA LA DECISIÓN de fecha 10-11-2006, dictado por el Tribunal Cuadragésimo Cuarto de Primera Instancia en Funciones de control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia se ordena que la Juez de Instancia fije nuevamente la celebración de la audiencia contemplada en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal.