DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METRPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR al penado: CEDEÑO JESUS ENRIQUE, Titular de la Cédula de Identidad Personal Nº V- 14.286.587, LA MEDIDA DE PRE-LIBERTAD de Destacamento de Trabajo, de conformidad con los artículos 67 y 7 en concatenación con el artículo 65 todos de Ley de Régimen Penitenciario, y en acorde armonía con el precepto legal contenido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.