En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos en el expediente, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra la sentencia de fecha 04 de agosto de 2010 dictada por el Juzgado Noveno (9º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos JUAN TERAN, ROBERTO PERDOMO, MIRIAN GARCIA, FRANCISCO PATIÑO, GABINO CARRASQUEL y MARIA PEÑALOZA en contra de la JUNTA LIQUIDADORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE HIPÓDROMOS (HIPÓDROMO LA RINCONADA) y SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano RAFAEL GIL en contra de la JUNTA LIQUIDADORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE HIPÓDROMOS (HIPÓDROMO LA RINCONADA), por lo que se ordena a pagar a .....