DISPOSITIVA
Sobre la base de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la liquidación y partición amistosa de los bienes de la comunidad de gananciales que existió entre los ciudadanos RAQUEL PITA DRUMOND y LUIS ANTONIO BASTIDAS, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad N° V-10.548.528 y V-10.383.747, respectivamente, en los términos por ellos convenidos en el escrito presentado en fecha 19 de octubre del año 2023, ut supra referido, de conformidad con el precepto contenido en el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil.
Como consecuencia de la homologación y adjudicación antes señalada, se declaró disuelta y extinguida la comunidad de los bienes ya descrito en esta sentencia.
De conformidad con lo previsto en el .....