esta Juez Unipersonal N° 10 del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA LA MEDIDA DE COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN, dictada en fecha veintitrés (23) de Enero de 2004, y en consecuencia, se acuerda la COLOCACIÓN FAMILIAR de las niñas (se omiten los nombres conforme al artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de conformidad con lo previsto en los artículos 126 literal (i), 128 y 131 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en el hogar de la ciudadana DAISY SOBEIDA TORRES RODRIGUEZ.