DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 428 y 442 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el abogado PABLO EMILIO SEIJAS, Defensor Público Auxiliar Septuagésimo Sexto (76°) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de Defensor del ciudadano FRANKYS UGALDO AMARO PEREZ, en contra de la decisión dictada en fecha 12 de diciembre de 2013, por el Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó a su representado la Medida de Privación Judicial de Libertad, de conformidad con los artículos 236 numerales 1, 2 y 3, articulo 237 numerales 2, 3 y parágr.....