Es por todo lo anterior, que este Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA de suspensión de los efectos de la asamblea general extraordinaria de la Asociación Civil COLEGIO INTERNACIONAL DE CARACAS de fecha 02 de noviembre 2010. Así se decide.-