PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por enfermedad ocupacional incoara el ciudadano JOSE LUIS BLANCO, en contra de la empresa INDUSTRIA VENEZOLANA ELECTRO-TECNICA, C.A. (CAIVET) C.A., ambas partes plenamente identificadas en autos. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.